CONOCE LA NORMATIVA RESPECTO A DRONES EN 2021

Los drones son una realidad tecnológica cada vez más asentada en el mundo. Su uso está ampliándose a diversos campos, incluso el médico, en el que están siendo usados, de forma experimental, en la distribución de vacunas contra la COVID-19. En cuanto a ocio, también se está generalizando su uso en diferentes actividades, como es el caso de las carreras de drones , una variante competitiva de su utilización que va adquiriendo relevancia, gracias a las facilidades que ofrece internet en cuanto a la visión por streaming. Y en España, ¿cuál es la normativa vigente respecto a su uso? A continuación, te lo explicamos.

Normativa vigente desde 2021

En nuestro país, el organismo regulador de estas aeronaves es la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). También se encarga de transportes aéreos, navegación y seguridad aeroportuaria. Durante este año, se espera la publicación de un Real Decreto que regule el vuelo de drones en España y lo actualice con respecto al reglamento europeo. Hasta el 1 de enero de 2022, el Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, que modifica el RD 552/2014, de 27 de junio, es el que rige.

Entre los cambios iniciados este año, se elimina la distinción entre el vuelo por ocio o trabajo. Para Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS) seguirá aplicándose la Licencia Oficial de Piloto de Drones; para el resto de personas, en drones a partir de 250 gramos, será necesario obtener una licencia acreditando un mínimo de conocimientos, volando los drones en las categorías establecidas.

Limitaciones generales del vuelo de drones

Existen unas limitaciones específicas a respetar, a continuación:

El dron no debe sobrepasar nunca los 120 m de altura en vuelo.

El dron siempre deberá estar al alcance visual del piloto (excepto en categoría específica bajo STS BVLOS, es decir, en entorno escasamente poblado).

No volar en un mínimo de 8 km de cualquier aeropuerto, aeródromo o espacio aéreo controlado.

El dron deberá incluir una placa identificativa ignífuga fijada en la estructura que contendrá datos como: el nombre del fabricante, el modelo, número de serie (si corresponde) y los datos de contacto del piloto.

No es obligatorio el seguro de responsabilidad civil, pero se recomienda disponer de uno. El piloto será el responsable de los posibles daños que pueda causar el dron.

Es importante proteger el derecho a la intimidad de los individuos que pudieran aparecer en las fotos o vídeo captados por el dron, y tener especial cuidado con su divulgación pública para no vulnerar la Ley de Protección de Datos vigente.

Como siempre, el sentido común y el buen seguimiento de las normas establecidas nos permitirán disfrutar de estos aparatos tecnológicos que van adquiriendo cada vez más protagonismo y utilidades para las personas y empresas.

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FUENTE:http://tublogtecnologico.com/conoce-la-normativa-respecto-drones-2021/

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